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Derechos
del niño hospitalizado
Convención sobre los Derechos del Niño.
Ley 23.849, UNICEF Argentina.
1. Los niños
serán internados en el Hospital sólo si
el cuidado que requieren no puede ser igualmente provisto
en su hogar o en un tratamiento ambulatorio.
2. Los niños
en el hospital tienen el derecho de estar junto a sus
padres o a un sustituto de los padres, todo el tiempo
que permanezcan internados.
3. Los padres deben
ser ayudados y alentados para que compartan el cuidado
de sus hijos, y deben ser informados acerca de la rutina
de la sala.
4.
Los niños y sus padres deben tener el
derecho de estar informados de manera apropiada para
su edad y entendimiento.
5. Deben ser tomadas
todas las precauciones posibles para evitar en los niños
el stress físico y emocional.
6. Los niños
y sus padres tienen derecho a la participación
informada en todas las decisiones que tengan que ver
con el cuidado de su salud.
7. Cada niño
debe ser protegido del dolor, de tratamientos y procedimientos
innecesarias.
8. En caso de ser
invitados a participar en ensayos clínicos o
pruebas, los padres deben ser informados detalladamente
sobre el procedimiento y, una vez comprendido, deberán
autorizarlo por escrito (consentimiento informado).
Si el niño tiene capacidad de comprensión,
deberá decidir por sí mismo si quiere
participar de dichas pruebas.
9. El niño tiene
derecho a compartir su internación con otros
niños que tengan las mismas necesidades de desarrollo
y, salvo en casos de necesidad extrema, no deben ser
internados en sala de adultos.
10.
Los niños deben tener oportunidad de jugar, recrearse
y educarse de acuerdo con su edad y condiciones de salud
y posibilidades del hospital.
11. Los niños
deben ser cuidados por personal capaz de responder a
las necesidades físicas y emocionales de los
niños y sus familias.
12.
Debe disponerse por todos los medios posibles, la continuidad
del tratamiento y el cuidado, tanto por el equipo de
salud como el grupo familiar a cargo del niño.
13. Cada niño
debe ser tratado con tacto y comprensión y su
privacidad debe ser respetada en toda circunstancia.
Esto incluye los medios de comunicación masiva.
14. Debe tratarse por
todos los medios de que el niño se sienta protegido
y acompañado, cualquiera sea la circunstancia
por la que se halla internado.
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